Hacer fotos en la calle es legal, pero no todo vale. En este vídeo-resumen recopilo de forma clara y práctica lo esencial para entender qué puedes hacer desde la vía pública en España y dónde están los límites más habituales. Al final tienes enlaces para profundizar y materiales relacionados, así como el enlace al contenido para miembros del cual este vídeo es un resumen.
Vídeo-resumen
Lo esencial
• Qué consideramos vía pública y qué espacios tienen normas propias
• Obras y edificios: cómo se aplica en la práctica la “libertad de panorama”
• Personas en imagen y “usos sociales”: tres niveles de riesgo razonables
• Publicación en Internet y papel de la AEPD a grandes rasgos
• Identificación policial: qué esperar y por qué mantener la calma
Enlaces para ampliar
– Constitución Española (arts. 18 y 20)
– Ley Orgánica 1/1982 (derecho a la propia imagen)
– Ley de Propiedad Intelectual, art. 35.2 (libertad de panorama)
– RGPD
– LOPDGDD (imagen como dato personal)
⭐ Este vídeo condensa mi serie para miembros, donde desarrollo cada punto con más ejemplos: Puedes unirte desde aquí.
Nota importante
Este contenido es informativo y no constituye asesoramiento jurídico. Cada caso depende del contexto.

